| |
El nuevo convenio taurino Hispano-Mexicano tuvo que haber sido elaborado sobre bases de equidad y reciprocidad, pero tiene todo menos eso, ya que resultó injusto, segregacioncita, desventajoso e indigno para los toreros mexicanos, especialmente para los rejoneadores, a tal grado que podría llamarse, “Convenio taurino del Apartheid”, porque discrimina sin tapujos a los rejoneadores, aunque también podría llamarse “Convenio de sometimiento de los toreros mexicanos”, pero lo trágico es que le quedan de perlas los dos apelativos. Analicemos: El comité directivo de la Asociación Nacional de Matadores de Toros, Novillos, Rejoneadores y Similares, con manifiesta ignorancia de la ley y notoria incomprensión de la misma, elaboró este absurdo convenio con evidente mala fe, aunque también es probable que su inexperiencia e ineptitud los llevó a aceptar los planteamientos de sus colegas españoles sin analizar la legalidad ni la conveniencia de los mismos, lo que revela que ni remotamente están capacitados, ni tienen los conocimientos suficientes para suscribir un documento de la trascendencia de este, que compromete a todo un grupo de profesionales, y mucho menos tuvieron la habilidad para negociar con su contraparte española, que aprovechándose de su candidez se los tragó vivos y los orilló a firmar un convenio por demás desventajoso y violatorio de la ley que rige la plaza México, la cual es la “Ley para la celebración de espectáculos públicos para el D.F”, que en su Art. 47. establece sin lugar a dudas, que el porcentaje de mexicanos que obligatoriamente tendrán que participar en los carteles en los cuales participen extranjeros, es de 50% como mínimo, sin hacer ninguna diferencia entre matadores de a pie y matadores de a caballo o rejoneadores, a quienes otorga los mismos derechos, sin que, por añadidura, esté determinado el número de toros que tiene que lidiar cada participante. Por lo que la formula de un rejoneador mexicano y un espada mexicano, alternando con dos españoles, es perfectamente legal para efectos de la ley. Sin embargo el convenio no solo segrega a los rejoneadores mexicanos al pretender negarles su legítimo derecho a participar con otro espada mexicano en corridas con extranjeros, pues tuvieron la ocurrencia, (que nadie sabe de donde salió), que no hacen número, es decir no cuentan para el computo del 50% de mexicanos actuantes. Pero ¡el colmo! gracias al convenio, si un rejoneador extranjero alterna con otro espada extranjero y dos matadores mexicanos, es admitido y legal, o sea, lo que les está prohibido a los mexicanos, les está permitido a los extranjeros. Así por ejemplo, no podremos ver un cartel con Rodrigo Santos, (es el que tiene la primera fecha) y un espada mexicano alternando con dos españoles. Pero, ¡ojo!, si veremos un cartel con Pablo Hermoso de Mendoza (es el único rejoneador contratado para la México) y un espada español, alternando con dos matadores mexicanos. Eso es absurdo y denigrante, y no es ni equitativo ni recíproco. Sin embargo eso fue lo que firmaron (Extemporáneamente) las lumbreras de la mesa directiva de la asociación, y lo que defienden con tanto celo. Claro que los firmantes españoles se fueron felices y muertos de la risa de llevarles tan buenas cuentas a sus agremiados, y sin comprometerse a nada, salvo a tratar que haya reciprocidad en la contratación de toreros mexicanos en España, pero da la casualidad que eso no está a su alcance, porque no son empresarios. Es decir: sin dar nada a cambio les arreglaron la papeleta a los de a pie y a los de a caballo. Los “dignos, íntegros e intachables” toreros firmantes, apenas ahora se están dando cuenta de su petardo, de su deslealtad y de su falta de compañerismo para con sus colegas los rejoneadores, a quienes dicen que“respetan”, pero por los cuales no tienen la voluntad de hacer nada. Claro, su mezquindad y su deslealtad los rebasan. Para reconocer errores se necesita hombría y entre ellos hay muchos que han demostrado que no la tienen, solo hay que acordarse que los que más ruido hacen, “los de la pose digna e intachable” violaron el acuerdo de asamblea, conste, de asamblea no de comité directivo, que prohibía alterar el orden de las actuaciones, (lo cual está prohibido por la ley y el reglamento, con o sin acuerdo) a lo cual los ha obligado un rejoneador extranjero, de quien todos sabemos el nombre, como condición para que toreen con él, condición a la que se han sometido sin ningún recato ni pudor muchos matadores, entre ellos “los de la cacaraqueada dignidad". Para rematar hay que tasar el dividendo de la deslealtad. Hay tres rejoneadores contratados para dos corridas en la temporada grande, suponiendo que sean reemplazados en todas con toreros de a pie, la ganancia de la deslealtad serían seis puestos en la México, uno por cada miembro de la mesa directiva, porque son seis sus integrantes, francamente, ¡con que poco pinole se atragantan!. |
|