En este Portal es muy importante su opinión. Además de la nuestra, la suya tiene el mismo intérés. Por eso hoy le vamos a pedir un esfuerzo especial: Diga lo que piensa.
En esta semana se ha conocido la presentación del borrador del nuevo Reglamento Taurino de Andalucia. Contiene muchas novedades. Hoy no voy a acaparar este espacio para dar mi opinión al respecto, sino que le voy a compartir con todos ustedes para dar una visión más amplia de lo que opinan los aficionados al respecto del borrador. Es más, dejaré que sean ustedes solos los que opinen de él. Yo, que debe ser que tengo pocas ganas de escribir en el día de hoy, voy a sestear un poco y les voy a dejar la responsabilidad de pronunciarse sobre el tema. Además, vamos a dejar que así sea durante una semana, por si con las opiniones de ustedes, la Junta de Andalucia puede mejorar el borrador. Confío que aportarán mejores opiniones e ideas que las que pudiera hacer yo.
Sólo me voy a permitir a modo de comentario, como harán ustedes, una reflexión: al tener cada Comunidad Autónoma sus competencias, tendremos que llevar una guía para, cuando presenciemos los festejos en cada Comunidad, saber de qué va el reglamento que se aplica en esa plaza?. ¿No sería mejor que todas estas reformas se consesuaran, al menos, en España?.
Para entrar en materia, les doy traslado de la presentación del mismo y del Anexo que le acompaña y que ha sido hecho en Andalucía el pasado día 15. Ustedes tienen la palabra.
"La Consejera de Gobernación, Evangelina Naranjo, ha presentado el borrador del Reglamento Taurino de Andalucía, el primero de España que modifica profundamente el reglamento estatal de 1996. Entre sus principales novedades contempla la posiblidad de que cualquier aficionado pueda acceder a la presidencia de una plaza de toros, limitada hasta ahora en las capitales de provincia a los delegados de la Junta de Andalucía, funcionarios de la escala superior y mandos de la Policía Nacional, y en el resto de las ciudades restringido en exclusiva a alcaldes y concejales.
Con esta nueva normativa se valora tan sólo que el aficionado no tenga intereses directos en la fiesta, su conocimiento de la misma, así como su independencia, experiencia y profesionalidad. Las delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía tendrán la potestad de designar a la persona que ostente la presidencia en las plazas de primera y segunda categoría y los alcaldes, las de tercera y portátiles.
Al igual que en otros puestos donde se ostenta la representación institucional, se establece la posibilidad de que el presidente renuncie a su cargo en un determinado festejo si existe alguna causa de abstención (caso de que toree un familiar) y también el mecanismo para recusarlo.
Junto al presidente, se regulan las figuras del Delegado de la Autoridad y de los alguacilillos. El primero será un miembro de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad designado por el delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía y será el encargado de mantener el orden dentro del callejón, tarea para la que se apoyará en los alguacilillos.
El Reglamento Taurino de Andalucía, que se pretende aprobar a finales de 2005, tiene como objetivo actualizar la Fiesta de los toros sin perder la esencia de la lidia creando una normativa flexible, que de cabida a los distintos tipos de festejos que han ido surgiendo a lo largo de las últimas décadas, menos intervencionista y fruto del consenso.
En este sentido, el borrador ha contado con la participación del sector, compuesto por empresarios, ganaderos, aficionados y profesionales, a los que se invitó a realizar aportaciones antes de comenzar su redacción y a los que ahora se remitirá el texto. Durante el periodo de consultas, abierto a finales del pasado año, se recibieron sugerencias de un centenar de colectivos y personas a título individual, que en buena parte se han incorporado al documento.
Así, esta propuesta reglamentaria amplía el catálogo de los espectáculos taurinos, incorporando entre otros los festivales mixtos, donde se ofrecen distintos tipos de festejos y que cada vez son más abundantes. También se definen con claridad los tipos de plaza (permanentes, no permanentes, portátiles y de esparcimiento) y sus categorías (primera, segunda y tercera), una cuestión importante, pues determina el precio de la entrada, el coste de los seguros o el sueldo de los profesionales, así como el número de sobreros, que se incrementa a dos en las plazas de segunda catetoría, igualándose a las de primera.
Por otra parte, se creará por primera vez un registro andaluz de empresas de espectáculos taurinos, en el que deberá estar inscrita toda compañía que pretenda organizar un festejo en la comunidad autónoma para poder obtener la autorización de la Junta de Andalucía, además de depositar la correspondiente fianza. Esta base de datos, que ya existe en ámbitos como el turismo o las empresas de servicios, tiene como fin garantizar una respuesta adecuada de las compañías ante cualquier incidencia que se produzca, tanto de tipo laboral como relacionada con el espectáculo (devolución de entradas, daños, etc).
ANEXO I: Modificaciones introducidas por el Reglamento
El Reglamento Taurino introduce modificaciones en la suerte de varas y en la de matar. En este sentido, se reducirán las dimensiones de la puya, que ha ido aumentando de tamaño a lo largo de los últimos cien años y se dejará el número de puyazos (en la actualidad dos mínimos en plazas de primera) a criterio del torero. También se reducirá el peso de los caballos así como el de los petos para hacer el conjunto un poco más proporcionado al toro.
En la suerte de matar se alteran los tiempos para primar una muerte rápida del animal, otorgando para ello un plazo máximo de siete minutos. Así, en lugar de comenzar a contar desde el cambio de tercio (primer aviso a los 10 minutos, segundo transcurridos 3 minutos más y otros 2 minutos para el tercero y último) se hará a partir de la primera entrada a matar (intervalos de 3, 2 y 2 minutos). Esto evitará reiteraciones excesivas con la espada, al tiempo que permitirá alargar la faena con la muleta si ésta lo merece. Con este mismo objetivo en las plazas de primera y segunda categoría será obligatorio la presencia de un puntillero profesional (operario encargado de dar muerte al toro).
En cuanto a las reses, se hace responsable al ganadero de que los toros no estén 'afeitados'. Además, será posible devolver una res que se dañe durante la lidia, siempre que sea antes del último tercio; se autoriza el indulto en las corridas y novilladas celebradas en plazas de tercera y los veterinarios o diestros podrán solicitar un análisis de sangre y orina para descartar dopaje si durante la lidia se ha apreciado un comportamiento extraño en el animal.
La nueva reglamentación también introduce cambios en las novilladas con picadores reduciendo los pesos máximos de los novillos con el fin de que éstos no lleguen a las dimensiones de un toro (de 540 a 500 kilos en plazas de primera categoría y de 515 a 460 en las de segunda).
Otro de los aspectos que se abordan es la selección de las reses. Contempla la posibilidad (cosos de primera y segunda categoría) de que el presidente y los veterinarios acudan a las ganaderías para señalar en el campo los animales que podrían ser aceptados como aptos para la lidia, evitando así traslados innecesarios de reses hasta los corrales del coso, donde se producía la criba.
Esta medida, muy reclamada por los ganaderos, se puso en práctica durante los festejos taurinos de la pasada Feria de Abril de Sevilla y ahora se pretende reglar, aunque no eximirá de que la res sea sometida a un reconocimiento físico una vez llegue a la plaza y en el que, por primera vez, se les dará voz a las asociaciones de abonados.
Por último, se incrementan las medidas de seguridad al impedir que comience un espectáculo sin la presencia de los médicos o ambulancias preceptivas en la plaza, y se amplían los derechos de los espectadores."