Siempre ha existido una rara relación en la Península Ibérica entre el hombre y el toro. Rara relación porque al toro se le ha visto como encarnación del bien y como representación del mal. En él residen los valores de la fuerza, de la reproducción, de la comida y de la abundancia. Y sin embargo siempre nos hemos preocupado de tratarlo a palos, como a la bestia negra que había que someter y destruir, quizás para apropiarnos de sus poderes. Este último aspecto se ha convertido en cosa del pasado, el trato con el toro ha evolucionado y nunca en la Península el toro ha sido tratado con tanto respeto y reverencia como lo es hoy en día. Pero hubo un tiempo en que las gentes acudían a las capeas armadas con palos o flechas, dispuestas a atacar a la mole desde los tendidos, a participar activamente en su muerte. Y aún así siempre se le ha venerado, siempre se ha querido ver en él valores que nos han forjado como la fuerza, la nobleza, el valor o la bondad. De ahí que de alguna manera nos hayamos identificado con el toro y también de ahí que la relación del hombre con él fuera en otros tiempos de amor y odio. Del alto concepto que de sus virtudes tenemos los peninsulares viene la cuestión del indulto, que en este caso no es sino perdonar la vida a quien ya la tenía perdida. Y ello en función de su comportamiento durante el juego de la lidia. Todo un reflejo de respeto y veneración.
La Unión de Criadores de Toros de Lidia, en 1975, solicitó a la Administración que regulara los indultos a los toros con el fin de mejorar la selección en las ganaderías. Volvieron a insistir en el 88 y en la actualidad el tema queda legislado en el reglamento taurino de la siguiente manera: “En las plazas de toros de primera y segunda categoría, cuando una res por su trapío y excelente comportamiento en todas las fases de la lidia, sin excepción, sea merecedora del indulto, al objeto de su utilización como semental y de preservar en su máxima pureza la raza y la casta de las reses, el Presidente podrá concederlo cando ocurran las siguientes circunstancias: que sea solicitado mayoritariamente por el público, que lo solicite expresamente el diestro a quien haya correspondido la res y por último, que muestre su conformidad el ganadero o mayoral de la ganadería a la que pertenezca”.
La Junta de Andalucía sorprendía hace unas semanas con el anuncio de su nuevo Reglamento Taurino, muy esperado por todos. Los artículos que han tratado el tema del indulto han generado gran controversia entre los entendidos en la materia. La novedad estriba en que a partir de ahora y en las plazas de la Andalucía, se podrán indultar toros independientemente de la categoría del coso. Se alega que el indulto es la voluntad popular y que siendo la fiesta un lugar principalmente democrático no tiene sentido el que haya en ella desigualdades de este tipo. Las plazas de tercera tienen derecho a indultar igual que las de segunda o las de primera, sin discriminaciones. Pero hay quien opina que el tipo de toro que se lidia en una plaza de tercera no reúne las características necesarias de trapío o de bravura y que su vuelta al campo puede perjudicar a la cabaña brava.
Sí parece lógico que en las plazas de tercera gocen los públicos de los mismo derechos y obligaciones que en las de primera. De hecho los derechos no son iguales en una que en otra, pero sí las obligaciones. En las plazas de pueblo tienen derecho y posibilidad de ver a las figuras y premiarles con los mismos trofeos que en cualquier otra plaza, aún a sabiendas de que eso hace mal a la fiesta. Pero ¿sería justo privar a los habitantes de un pueblo con plaza de ver a las figuras del momento? El mercado y la ley, en este caso, han sido muy igualitarios. En el caso del toro cabe hacerse la siguiente pregunta: ¿Si se pueden lidiar los mismos hierros en tercera que en primera, por qué no indultar en éstas? En teoría prohibir el indulto en pueblos equivale a permitir a los ganaderos lidiar en ellos desecho o animales de menor validez.
Pero a parte de todo lo anteriormente dicho, es cuestión sabida que toreros y públicos se toman, en este caso, la justicia por su mano y se saltan el reglamento como el maletilla la valla del cerrado. Sin ir más lejos, no hace dos semana que un torero se negaba a matar un toro en plaza de tercera y al no obtener permiso gubernativo, tiraba por la calle del medio y esperaba paciente a que sonara el tercer aviso.
Cada vez que se escucha que se ha indultado un toro, se tiende a preguntar “¿dónde?” y recibida la respuesta a dudar de la decisión. Todos sabemos que se indulta más por protagonismo y fervor popular que por calidad del astado. Un indulto es beneficioso para todo el mundo: el torero corta sus trofeos, el ganadero suena en todas partes y el público disfruta más al sentirse salvador del animal; la fiesta es completa y a casi nadie parece importar las repercusiones de ese indulto. Si hacemos un análisis sobre los últimos toros indultados, observaremos el desacuerdo del aficionado. Pero no el del público en general que al final de una buena faena se vuelve a ver enredado en ese sentimiento de amor-odio que antes decíamos y se deja llevar por la veneración. Con toda libertad. Pero ¿Quién decide al final el sí o el no? Quizás el problema no esté en dónde se indulta sino en qué se indulta y ahí es indispensable que actúe la autoridad. Aún así ¿quién le puede decir a un ganadero lo que debe tener en su casa y lo que no?
Es indispensable conocer qué opinan los públicos y los aficionados al respecto. ¿Qué les parece a ustedes, amigos lectores, la medida de la Junta de Andalucía? Opinen sin miedo, estamos esperando sus respuestas.