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29/11/2004
  (Bogotá-Colombia) Colombia tiene ley taurina
 
Firma: Mauricio Sepúlveda
 
     
 

El día viernes, 26 de noviembre, el Congreso de la República de Colombia aprobó la ley No 916 denominada "Reglamento Nacional Taurino" que eleva a la categoría de ley al espectáculo taurino y logra la unificación de los reglamentos que rigen dicho espectáculo en Colombia. La ley se compone de 90 articulos y fue propiciada por los empresarios más importantes del país entre los que se destacan los de la empresa de Bogotá. Tanto es así que se le ha denominado "Ley Negret".

Esta nueva ley es de vital importancia para el estamento taurino del país porque representa el reconocimiento del estado al espectáculo taurino dándole la estabilidad requerida en estos tiempos de movimientos parlamentarios para desestabilizarla y también porque crea una regulación del espectáculo que se buscaba desde hace cuarenta años.

Dentro de los aspectos a destacar en la nueva ley están:

RECONOCIMIENTO
-  Se considera a la actividad taurina como una manifestación artística del ser humano.

APOYO
- Se tiene en cuenta al toro de lidia como un bien social y por ende, los ganaderos pueden acceder a créditos y apoyo
agropecuario para su crianza.
- Se proclama por el fomento de la fiesta y se incorporan las Escuelas Taurinas como uno de los principales apoyos para conseguir tal fin.

REGULACION
- Reglamenta el peso mínimo de los toros para plaza de primera categoría en 440 kilos, de segunda en 425 kilos y de tercera en 400 kilos y una edad de 4 años cumplidos para los toros y de 3 años y medio para los novillos. Para las novilladas con picadores el mínimo peso en plazas de primera categoría será de 375 kilos y sin picadores de 350 kilos.

- Los caballos de pica, deberán ser pesados al inicio de cada festejo y sus pesos debe estar entre un mínimo de 450 y un máximo de 550 kilos.

- Se reduce el número de subalternos por cada matador y por cada novillero.
- A los rejoneadores solo se les permitirá colocar dos rejones de castigo y si se necesita un tercero, se deberá solicitar permiso al presidente.

- Se da un nuevo rol de más importancia y exigencia a la Junta Técnica, que estará encabezada por el presidente, que será el alcalde de la localidad o a quien él delegue. Además habrá un representante de los ganaderos, dos veterinarios y se crea la figura del Inspector de Plaza, que será nombrado por el alcalde y que tendrá el absoluto control de la plaza desde el momento que se desembarcan las reses, hasta el acceso al callejón, teniendo como único superior, al presidente de la corrida.

 
     
   
     
   
     

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